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¿Puedo destruir existencias de ropa y textiles sin vender?

La destrucción de prendas de vestir será prohibida próximamente, pero aún no

La destrucción de prendas de vestir y textiles no vendidos está permitida en este momento, pero el ESPR está estableciendo una prohibición que se introducirá de forma gradual. El Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR) regula en los artículos 23 a 26 que las empresas no podrán destruir bienes de consumo no vendidos —incluidas prendas de vestir y otros productos textiles— en principio, una vez que esta prohibición entre en vigor para el grupo de productos correspondiente. Hasta entonces, primero se aplica una obligación de transparencia sobre lo que sucede con el inventario no vendido: cuánto se desecha, se destruye o se elimina de otra forma, y por qué razón. Esta obligación de transparencia está concebida como paso previo a la prohibición efectiva de destrucción y se dirige por ahora a los operadores de mayor tamaño en el mercado.

Para quién se aplica: empresas grandes sí, pequeñas no

Las normas hacen una distinción clara según el tamaño de la empresa. Las grandes empresas se ven sometidas en primer lugar a las obligaciones: deben informar sobre la cantidad de productos no vendidos que destruyen, y tendrán que cumplir con la prohibición en cuanto esta sea aplicable a prendas de vestir y textiles. Las pequeñas y medianas empresas están exentas de la prohibición, y para las medianas se ha previsto además un período transitorio después de que la prohibición entre en vigor para un grupo de productos. Una marca de ropa o un importador que se califique como pequeña empresa queda así excluido en la práctica del núcleo de esta obligación, mientras que una empresa más grande deberá tenerla en cuenta. Además, el Reglamento prevé posibles excepciones a la prohibición en sí, por ejemplo para productos que no pueden comercializarse o reutilizarse por razones de seguridad, salud o higiene. El desarrollo pormenorizado de cuáles son exactamente esas situaciones y cómo se determinan resultará de la aplicación detallada de los artículos 23 a 26.

La fecha de entrada en vigor aún no está fijada

En este momento no está establecida la fecha en que la prohibición de destrucción para prendas de vestir y textiles entrará efectivamente en vigor. El ESPR funciona con actos delegados en los que la Comisión Europea determina para cada grupo de productos a partir de cuándo se aplica la prohibición y qué excepciones la acompañan. Para prendas de vestir y textiles aún no se ha publicado cuándo llegará el acto delegado ni qué fecha de entrada en vigor resultará de este. Hasta que exista este acto, seguirá siendo permitido destruir el inventario no vendido, con la salvedad de que las grandes empresas podrían verse ya obligadas a informar sobre su práctica de destrucción. Tan pronto como la Comisión publique un acto delegado para prendas de vestir y textiles, se añadirá aquí.

Qué significa esto en la práctica

Para quienes ya están trabajando en esta cuestión, es práctico proceder en este orden. Primero: determinar qué tamaño de empresa es aplicable, pues eso determinará si la prohibición llegará a aplicarse y si ya existe una obligación de informar. Después: qué parte del inventario está en cuestión, pues el Reglamento distingue entre destrucción efectiva y otros modos de eliminación, como donación, reciclaje o reventa a través de un circuito secundario —solo la destrucción en el sentido del Reglamento cae bajo la prohibición prevista—. Luego es útil empezar ahora mismo a registrar lo que sucede con los lotes no vendidos y por qué, aunque la obligación de informar aún no esté en vigor: eso ahorrará trabajo cuando sí lo esté. Por último, vale la pena estar atento a los anuncios de la Comisión Europea sobre actos delegados para prendas de vestir y textiles, pues estos revelarán la fecha efectiva de entrada en vigor y las excepciones precisas.

La base: artículos 23 a 26

Esta explicación se basa en los artículos 23 a 26 del Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), que juntos forman el marco para prevenir la destrucción de bienes de consumo no vendidos. Estos artículos regulan el principio de la prohibición, el alcance por grupo de productos a través de actos delegados, las excepciones para empresas más pequeñas, y la obligación de notificación para empresas más grandes. El texto completo se puede consultar en la fuente oficial al pie de este artículo.

Quien desee profundizar en esto, puede ahora comprobar si su propia empresa se encuadra en la categoría de empresa grande o pequeña, comenzar a registrar qué sucede con el inventario no vendido, y seguir los anuncios de la Comisión Europea sobre textiles y prendas de vestir para estar informado a tiempo de la fecha de entrada en vigor efectiva.

En qué se basa esto

El reglamento en sí está en EUR-Lex. Hacemos referencia en cada afirmación; no tiene que creer en nosotros.

Lo que debe hacer concretamente

El ESPR contiene reglas que restringen la destrucción de bienes de consumo no vendidos. Para la ropa y los textiles, esta es una de las partes del reglamento que está separada del pasaporte digital del producto, pero proviene de la misma ley y afecta a las mismas empresas. Los artículos 23 a 26 del Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR) regulan esto. En resumen: la destrucción de ropa no vendida está sujeta a reglas, y para ciertas empresas surge la obligación de publicar información sobre cuántos productos no vendidos se descartan y por qué.

Lo que se espera de usted

Publicación de productos no vendidos destruidos

Las empresas que caen bajo el reglamento tienen la obligación de publicar información sobre la cantidad de bienes de consumo no vendidos que destruyen, incluidas las razones para ello. Para una empresa de ropa con entre diez y cien empleados, esto significa que la administración relacionada con devoluciones, excedentes e inventario depreciado ya no es un asunto interno que solo cuenta para la contabilidad. Lo que se destruye, en qué cantidad y por qué debe ser demostrable. Esto requiere un registro que actualmente muchas empresas aún no tienen de esa forma.

Posible prohibición de destrucción para ciertos grupos de productos

El reglamento proporciona la base para establecer una prohibición directa de destrucción de productos no vendidos para grupos de productos específicos. Si y cuándo esto se materializa concretamente para ropa y textiles se fija en un acto de ejecución que se determina por grupo de productos. Para una empresa, esto significa que la destrucción de ropa no vendida aún no está directamente prohibida, pero la base legal ya existe para regularlo por categoría. Esta es una situación diferente a la del pasaporte del producto, donde se espera un acto delegado con un cronograma; aquí se trata de una estructura que ya existe en el reglamento base y se desarrolla más por grupo de productos.

Excepciones y umbrales según el tamaño de la empresa

Las obligaciones de publicación no se aplican automáticamente a todas las empresas. El reglamento prevé excepciones, entre otras vinculadas al tamaño de la empresa. Para una empresa de ropa de este tamaño, es relevante determinar si la propia empresa se encuentra por debajo del umbral que establece el reglamento, o si se aplica la obligación de comunicación. Esta distinción no se deduce automáticamente en la práctica; requiere una evaluación propia de acuerdo con el texto del reglamento.

Dónde falla en la práctica

Una primera situación que ocurre frecuentemente: excedentes y devoluciones que se retiran a través de un tercero, sin que la empresa en sí tenga visibilidad sobre lo que sucede con esas mercancías. Si la retirada equivale de facto a destrucción, la información al respecto desaparece del propio campo visual, mientras que la obligación de publicación recae en la empresa misma y no en el tercero.

Una segunda situación: colecciones de temporada que al final de la temporada se dan de baja en grandes volúmenes y se destruyen, sin que se registre la razón por lote. Sin registro de la razón — problema de calidad, sobreproducción, daño por devolución — faltará luego la documentación necesaria para informar.

Una tercera situación: empresas que asumen que las reglas solo se aplican el año en que se introducen, y no al inventario que ya se produjo o adquirió anteriormente. Lo que debe suceder con el inventario existente en el momento en que entran en vigor las nuevas reglas es una cuestión que se trata por separado en la página sobre qué hago con el inventario de ropa y textiles que ya tengo cuando entran en vigor las reglas; la destrucción de inventario antiguo no queda fuera de consideración solo porque ese inventario ya existía antes de que entraran en vigor las reglas.

Una cuarta situación: confusión entre el pasaporte de producto y las normas sobre destrucción, como si fueran dos aspectos de la misma obligación. Provienen de la misma reglamentación, pero las obligaciones son independientes entre sí. Una empresa puede estar sujeta a una obligación sin que la otra sea aún aplicable, y viceversa.

Una quinta situación: empresas que creen que un socio mayorista o importador mantiene los datos de destrucción, mientras que la responsabilidad recae en la parte designada por la reglamentación, y no es necesariamente quien destruye físicamente los bienes.

Qué puede registrar

  • Un resumen de qué existencias se han dado de baja y destruido en un ejercicio, por lote, con fecha y número de unidades.
  • El motivo de la destrucción por lote: problema de calidad, daño en devoluciones, fin de la vida útil de una colección, sobreproducción u otra razón.
  • La ruta de eliminación: qué parte ejecuta realmente la destrucción y qué acuerdos se han establecido al respecto.
  • Una evaluación del tamaño de la propia empresa comparado con los umbrales de la reglamentación, con la fecha en que se realizó esa evaluación — los umbrales y definiciones pueden cambiar, por lo que una evaluación única no es un dato permanente.
  • Correspondencia con proveedores y socios logísticos sobre quién mantiene qué datos en devoluciones y excedentes.

Para empresas que ahora deseen comprobar qué medidas prácticas pueden adoptar antes de que una norma específica por grupo de productos sea definitiva, hay un resumen en la página qué puedo hacer ahora mientras las normas aún no son definitivas. Y como una autoridad de control en una inspección no solo pedirá el pasaporte de producto, sino también la justificación de las existencias eliminadas, es útil saber de antemano qué preguntas pueden surgir; estas se describen en la página qué pregunta una autoridad de control en una inspección de ropa y textiles.

Esto no es asesoramiento jurídico. Esta página proporciona información general sobre la normativa de la que trata esta plataforma. No conocemos su situación. En caso de duda sobre su caso específico, consulte a un abogado o a la autoridad supervisora competente.

Escrito con IA basado en las fuentes anteriores, verificado por una persona el 2026-08-22. ¿Hay algo que no es correcto? Háganoslo saber — las correcciones tienen prioridad.